
Colombia adoptó nuevas medidas frente a las mercancías producidas mediante trabajo forzoso. El Decreto 1444 de 2026 establece la prohibición de importar bienes cuya producción se encuentre vinculada con estas prácticas, incorporando este elemento dentro de las condiciones que deben observar los operadores de comercio exterior.
La medida representa un nuevo componente de cumplimiento para las empresas importadoras y para quienes participan en cadenas internacionales de suministro. Además de las obligaciones aduaneras tradicionales, las compañías deberán prestar mayor atención a la trazabilidad y al origen de sus mercancías y proveedores. El cambio también se relaciona con una tendencia internacional hacia cadenas de suministro más transparentes y responsables, en las que los estándares laborales y sociales adquieren un peso creciente.
Tomado por: El colombiano